Resumen | |
[J] | Defensa de la competencia. Prácticas restrictivas de la competencia. Se impone a cada distribuidor la condición de que al transmitir una de sus fotocopiadoras exija la aceptación por el cliente del contrato de asistencia técnica con la misma, de modo que una venta sin tal aceptación autoriza a la empresa propietaria de las máquinas a no entregar la misma y a resolver la venta al distribuidor que ve así limitada su libertad de vender sólo la fotocopiadora sin otras prestaciones.(publicado en Actualidad Diaria el 3 de septiembre de 2004) |
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El Supremo estima el recurso de casación interpuesto y anula la Resolución del Tribunal de Defensa de la Competencia que sancionó a la empresa que realizaba tal conducta en virtud de la aplicación retroactiva de disposiciones sancionadoras favorables. La conducta sancionada estaba incluida en el momento en que ocurrieron los hechos en los comportamientos prohibidos por la legislación española que resultaba de aplicación, el artículo 1.1.e de la Ley de Defensa de la Competencia, sin que la sanción impuesta por el Tribunal de Defensa de la Competencia resultase tampoco excluida en virtud de la normativa comunitaria en la materia. En el ámbito del derecho sancionador y pese a la naturaleza extraordinaria del recurso de casación, que se encuentra limitado a la revisión de la correcta interpretación del derecho, resulta vinculante la exigencia constitucional de preceptiva aplicación de las disposiciones sancionadoras favorables derivada de los artículos 9.3 y 25.1 de la Constitución, que rige también en el orden administrativo sancionador según reiterada jurisprudencia constitucional tanto del Tribunal Constitucional como de este Tribunal (STS 3ª 10/06/2004 Rec. 4333/1999). | |
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