Resumen | |
[J] | Correos. Plus de convenio. Igualdad retributiva entre personal fijo y temporal. Inexistencia de causa objetiva y razonable para excluir al personal temporal.(publicado en Actualidad Diaria el 8 de septiembre de 2004) |
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El TS desestima el Recurso interpuesto toda vez que si bien el Convenio Colectivo, surge de la autonomía colectiva, tiene en nuestro ordenamiento valor normativo y eficacia general, de forma que se inserta en el sistema de fuentes y en este sentido es equivalente a un instrumento público de regulación. De ahí que las diferencias de trato en las condiciones de trabajo establecidas en Convenio Colectivo hayan de ser razonables, de acuerdo con los valores e intereses que deben tenerse en cuenta en este ámbito de la vida social. No es contraria por tanto a dicho principio, la regulación diferente en Convenio Colectivo de condiciones de trabajo si va referida a distintas actividades y responde a las peculiaridades de cada una de ellas y las consecuencias jurídicas que resultan de tal distinción son adecuadas y proporcionadas.(STS 4ª 228/05/2004 Rec. 008 3030/2003). | |
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