Resumen | |
[J] | Unificación de doctrina. Cese de indefinido-no fijo por "funcionarización" de su plaza con nombramiento como funcionario interino. Consecuencia de lo dispuesto en la Ley de la Función Pública de Castilla-La Mancha.(publicado en Actualidad Diaria el 13 de diciembre de 2004) |
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El Tribunal Supremo desestima el recurso de casación entendiendo que la Administración tiene la facultad de amortizar los puestos laborales de los contratados en régimen de interinidad ,pero que no puede hacer lo mismo con los indefinidos no fijos para los que tiene que recurrir a las reglas de los despidos por causas objetivas o colectivos. Considera que no se produce contradicción con la sentencia de la Sala de Andalucía que aplica la legislación estatal a una amortización por "funcionarización" acordada por la Diputación Provincial de Sevilla. (STS 4ª 07/10/2004 Rec.5049/2003) | |
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