Resumen | |
[J] | Daños causados en el recinto escolar por una novatada. Responsabilidad de la Administración del Estado.(publicado en Actualidad Diaria el 11 de enero de 2005) |
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El Supremo admite el recurso de casación considerando que ha quedado acreditado que el niño sufrió daños al intentar huir de otros compañeros de cursos superiores por que pretendían gastarle una novatada; cabe entender que el daño se produce en el recinto escolar, y por unos hechos que no se hubieran producido de haber recibido mayor cuidado del centro o profesor responsable que ha de velar para que no se produzcan acciones de tal naturaleza, por lo tanto entiende que se debe producir la responsabilidad patrimonial de la Administración. | |
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