Resumen | |
[J] | La negativa de un hombre a realizar la prueba biológica no basta para atribuirle la paternidad.(publicado en Actualidad Diaria 498 el 17 de marzo de 2005) |
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El Tribunal Constitucional ha anulado la sentencia de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo que declaraba la paternidad de un hombre al valorar como prueba suficiente su negativa a someterse a la prueba biológica de paternidad. Rechaza el Tribunal que se pueda atribuir a la negativa a someterse a la práctica de la prueba biológica un carácter absoluto de prueba de paternidad, introduciéndose una carga contra cives que no está autorizada normativamente. El Constitucional considera que el tribunal Supremo se ha separado de la línea jurisprudencial consolidada, por lo que se ha vulnerado el derecho del recurrente a la igualdad en la aplicación de la ley. | |
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