Resumen | |
[N] | El Tribunal Supremo ha determinado en una sentencia que la implantación del teletrabajo debe suponer la aceptación del trabajador.(publicado en Actualidad Diaria 593 el 1 de septiembre de 2005) |
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Una sentencia de la Sala de lo Social de 2005, ha determinado que la implantación de un sistema de trabajo a domilicio, pasando el trabajador a desarrollar parte de su actividad en su domicilio, en lugar de las oficinas de la empresa, exige la aceptación voluntaria del trabajador, no pudiendo establecerse por acuerdo o convenio colectivo, ni tampoco por modificación de las condiciones de trabajo. | |
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