Resumen | |
[J] | Libertad de expresión en los miembros de las fuerzas armadas.(publicado en Actualidad Diaria 613 el 29 de septiembre de 2005) |
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El Supremo debe determinar en el recurso de casación si el Comandante D. Pedro Enrique se extralimitó en el ejercicio del derecho a su libertad de expresión con ocasión de su intervención en la Casa de América en el transcurso de la cual, comentó la supresión de unos versos que, en su día, estuvieron expuestos en el Museo del Aire. Considera que los versos son intrascendentes desde el punto de vista de la disciplina que debe imperar en las Fuerzas Armadas al no afectarla en ningún modo. Afirma que las limitaciones a la libertad de expresión de los militares no pueden ser utilizadas por las autoridades internas para obstaculizar la manifestación de opiniones cuando, como en este caso, no se han puesto en peligro los principios primordiales y los criterios esenciales de organización de la institución militar, en concreto la disciplina y sujeción jerárquica así como el principio de unidad interna. | |
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