Resumen | |
[J] | Un juzgado de San Sebastian considera que el padrón no es indispensable para tramitar la legalización(publicado en Actualidad Diaria 616 el 4 de octubre de 2005) |
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El Juzgado de los Contencioso-admvo Numero 2 de San Sebastian ha dejado sin efecto una resolución adoptada por la Subdelegación del Gobierno en Gipuzkoa que el pasado mes de febrero no admitió a trámite una solicitud de residencia en favor de un inmigrante ecuatoriano que no pudo presentar el certificado de empadronamiento. La administración rechazó la solicitud sin haber examinado siquiera otros documentos que el inmigrante aportó, tales como un acta notarial que acreditaba que residía en Ormaiztegi desde 2001, el billete de avión que demostraba su llegada a Barajas en octubre del mismo año, además de seis testigos. La juez considera que la sola certificación del padrón «no acredita en todos los casos la realidad de la residencia» y precisa en este sentido que hay personas empadronadas en un municipio y que residen en otro. | |
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