Resumen | |
[L] | Resolución de 27 de enero de 2006, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se aprueban las directrices generales del Plan General de Control Tributario 2006.(publicado en Actualidad Diaria 698 el 3 de febrero de 2006) |
texto publicado volver | |
La planificación y programación de las actuaciones de control de 2006 que se instrumenta a través del Plan General de Control Tributario, lógicamente se caracteriza por la continuidad respecto a 2005 con las necesarias adaptaciones al nuevo marco organizativo y procedimental surgido de la ejecución de medidas previstas en el Plan de Prevención del Fraude.En el ámbito organizativo destaca la puesta en marcha a partir del 1 de enero de 2006 de la Delegación Central de Grandes Contribuyentes, en la que se integran las funciones de asistencia y control tributario a las empresas y personas físicas de mayor volumen de operaciones e importancia económica, con lo que se refuerza el tratamiento unitario de estos contribuyentes en todas las áreas. La Delegación Central sustituye en sus funciones a las Oficinas Nacionales de Inspección, de Aduanas y de Recaudación, y sus actuaciones de control se incorporan a la planificación de 2006. Otro factor que incide en la planificación de 2006 es la habilitación a los órganos inspectores del área de Aduanas para la realización de actuaciones de carácter parcial en el IVA derivadas de incumplimientos detectados en la comprobación de operaciones de comercio exterior y de los impuestos especiales, así como a los órganos del área de inspección para realizar actuaciones parciales en impuestos especiales derivadas de incumplimientos detectados en el IVA, superándose con ello limitaciones competenciales por razón del órgano actuante que perjudicaban la eficacia en la lucha contra el fraude. Desde el punto de vista normativo es necesario referirse a la próxima aprobación de dos normas de gran trascendencia para el desarrollo del control del cumplimiento tributario. Por un lado, la Ley de Prevención del Fraude Fiscal, con la que se completan las medidas organizativas y operativas aprobadas en el Plan de Prevención del Fraude y se incorporan nuevos instrumentos y medios para mejorar la eficacia de la lucha contra el fraude. En particular se establecerán medidas que potencien las actuaciones de investigación de las formas más graves de fraude, como las instrumentadas a través de tramas de fraude o paraísos fiscales. Por otro, con la aprobación del Reglamento general de las actuaciones y procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos, se completará el importante cambio normativo introducido por la Ley 58/2003 de 17 de diciembre, General Tributaria, en los procedimientos de control tributario y aduanero y, en consecuencia, en los métodos de trabajo. La planificación de 2006 refleja también la revisión de los métodos y estrategias de actuación para hacer frente a los cambios que van experimentando las tipologías más graves de fraude, en la que juega un papel preponderante el nuevo marco de relaciones entre la Agencia Tributaria y distintos sectores económicos afectados, a través de la firma de acuerdos de entendimiento, así como el permanente desarrollo y aplicación de las nuevas tecnologías. En particular, los nuevos acuerdos y desarrollos informáticos tendrán especial incidencia en la investigación de tramas de fraude y facturas falsas, en el control del sector inmobiliario, en la comprobación del Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte cuando se trata de vehículos de alta gama procedentes de otros países de la Unión Europea, de determinadas exenciones y bonificaciones en los impuestos especiales de fabricación, o en determinadas importaciones de Asia. En el Plan de Control de 2006 prevé también el inicio de actuaciones inspectoras y de control con origen en la investigación y toma de información realizada en 2005 y durante 2006 en desarrollo de la estrategia del Plan de Prevención del Fraude. Se exponen a continuación las directrices generales del Plan, que determinan las áreas de riesgo fiscal de atención prioritaria y los criterios básicos de desarrollo. En primer lugar se describen las áreas de riesgo y líneas de actuación preferente, clasificadas de acuerdo con la naturaleza del control a efectuar (control intensivo, control extensivo y control en la fase recaudatoria), con dos apartados finales que recogen las actuaciones prioritarias en materia de coordinación y en materia de colaboración con las Administraciones tributarias autonómicas en el marco del control de los tributos cedidos. Seguidamente, se explican las líneas básicas de la estructura del Plan General de Control y de los planes parciales que lo integran. | |
texto publicado volver |
Los suscriptores de este Diario tiene 5 ventajas:
1 Prioridad en la recepción de los envíos del Diario.
2 El Diario se puede recibir en tres e-mail diferentes por cada suscripción.
3 Acceso a todos los Diarios publicados desde el número 1 (16 años de histórico).
4 Buzón de e-mail POP3 y web gratuíto para recibir el Diario y cualquier otro uso. Pulse aquí
5 Pedidos de libros sin gastos de envío. Ultimas novedades, aquí
Estamos a su servicio en el
telefono 902 198 832
(L a V de 9:00 a 20:00)
Las e-fuentes consultadas: |
Legislaci�n: DOCE, BOE, Boletín Oficial de las Cortes Generales (BOCG). |
Jurisprudencia:
TC, TS, TJUE y TEDH. |
Noticias:
europa press, EFE, EL PA�S, EL MUNDO, ABC, LA RAZ�N, LA VANGUARDIA,
EXPANSI�N |
Documentaci�n
oficial: Presidencia del Gobierno,
Ministerio de Hacienda-Agencia Tributaria, Ministerio de Trabajo-Seguridad
Social, Ministerio de Justicia y CGPJ. |
Documentaci�n
corporativa: Consejo
General de la Abogac�a-Colegio de Abogados de Madrid, Consejo General
del Notariado, Colegio de Registradores, Consejo General de Procuradores-Colegio
de Madrid, Asociaciones judiciales (APM, JpD, Fco. Vitoria) |
© 2002-2015 PYB ENTERPRISES S.L. Este diario es una publicación distribuida por paraprofesionales.com y se dirige exclusivamente a sus suscriptores. Su reenvío a terceras personas distintas del destinatario requiere autorización expresa de PYB ENTERPRISES, SL S.L. PYB ENTERPRISES S.L. no se hace responsable de las decisiones tomadas con base en el contenido del presente diario. Las colaboraciones firmadas recogen la opiniones de sus autores. paraprofesionales.com
es una web de PYB Enterprises, SL. PYB Enterprises, SL. Centro de trabajo:
Fuentesauco,9 local. 282024 Pozuelo de Alarc�n
(MADRID). TELEFONO 902 198 832 – Fax 901 02 03 62. email de contacto. |