Resumen | |
[L] | LEY [La Rioja] 14/2005, de 23 de diciembre, para la aprobación y autorización del Convenio de colaboración entre el Gobierno de La Rioja y la Junta de Castilla y León en materia de extinción de incendios forestales.(publicado en Actualidad Diaria 707 el 16 de febrero de 2006) |
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El artículo 9.1 del Estatuto de Autonomía de La Rioja, aprobado por la Ley Orgánica 3/1982, de 9 de junio, establece que corresponde a la Comunidad Autónoma de La Rioja la competencia de desarrollo legislativo y ejecución en materia de protección del medio ambiente, normas adicionales de protección del medio ambiente y del paisaje, así como en espacios naturales protegidos y protección de los ecosistemas.Dentro de esta competencia genérica, la Consejería de Turismo, Medio Ambiente y Política Territorial tiene atribuida la planificación de la prevención y lucha contra los incendios forestales, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 4.8.4.g) del Decreto 37/2003, de 15 de julio, de atribución de funciones administrativas en desarrollo de la Ley 3/2003, de 3 de marzo, de Organización del Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja. Por otra parte, por el Real Decreto 1504/1984, de 8 de febrero, se transfirieron a la Comunidad Autónoma de Castilla y León las competencias en materia de prevención y lucha contra incendios forestales. Ambas Comunidades Autónomas, considerando la condición de vecindad geográfica existente entre ellas y, siendo conscientes del alto riesgo que suponen los incendios forestales, consideran de interés común establecer mecanismos de colaboración que permitan hacer frente, de un modo coordinado, a siniestros de esta naturaleza, especialmente en las zonas limítrofes, con un mayor aprovechamiento de los recursos disponibles por parte de las dos Administraciones. | |
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