Resumen | |
[L] | LEY [La Rioja] 15/2005, de 23 de diciembre, para la aprobación y autorización del Convenio de colaboración entre el Gobierno de La Rioja y la Junta de Castilla y León para la planificación y ejecución de obras de carreteras de interés de ambas Comunidades.(publicado en Actualidad Diaria 707 el 16 de febrero de 2006) |
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El artículo 14.1 del Estatuto de Autonomía aprobado por Ley Orgánica 3/1982, de 9 de junio, establece que la Comunidad Autónoma de La Rioja podrá celebrar Convenios con otras Comunidades Autónomas o Territorios de Régimen Foral para la gestión y prestación de servicios propios de su competencia de acuerdo con lo establecido en el artículo 145.2 de la Constitución y con el procedimiento que el Parlamento de La Rioja determine.Las Comunidades Autónomas de La Rioja y Castilla y León disponen de una red de carreteras que sirven de unión entre ambos territorios y cuyo acondicionamiento y mejora se pretende garantizar por medio del presente Convenio. El texto del Convenio regula los compromisos básicos de ambas Administraciones relativos a la planificación, financiación, y ejecución de las carreteras colindantes que en el mismo se contienen, además de los posibles desarrollos de otras acciones de interés común que en el futuro se prevean. | |
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