Resumen | |
[J] | Derecho a la propia imagen. Fotomontaje del rostro de la demandante y el cuerpo semidesnudo de otra mujer en una revista de tono jocoso. Se aprecia intromisión ilegítima: imagen no encuadrable en el concepto de caricatura ni adecuada a los usos sociales. Cuantía indemnizatoria: irrevisibilidad en casación por regla general.(publicado en Actualidad Diaria 748 el 19 de abril de 2006) |
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La sentencia recurrida confirmó la de primera instancia en cuanto ésta, acogiendo parcialmente la demanda, apreciaba que el reportaje publicado en una revista constituía una intromisión ilegítima en el derecho de la demandante a su propia imagen, y en cambio la revocó, estimando el recurso de apelación de la propia demandante, para elevar la cuantía de la indemnización de 750.000 ptas. a 5.000.000 de ptas. y ordenar la publicación del encabezamiento y parte dispositiva de ambas sentencias en un semanario de ámbito nacional, por resultar ya imposible dicha publicación en aquella otra revista debido a su desaparición. | |
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