Resumen | |
[L] | Real Decreto 708/2006, de 9 de junio, por el que se dispone la creación de veinte unidades judiciales dentro de la programación de desarrollo de la planta judicial para el año 2006.(publicado en Actualidad Diaria 784 el 12 de junio de 2006) |
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La Ley 38/1988, de 28 de diciembre, de demarcación y de planta judicial, establece una configuración de la planta judicial que facilita una constante adaptación con la finalidad de mejorar el funcionamiento de la Administración de Justicia y acercar la justicia al ciudadano.La plena instauración de la planta de juzgados y tribunales establecida en dicha ley aún no ha sido alcanzada. La adecuada atención a las necesidades judiciales y la consagración de una infraestructura idónea en el ámbito judicial hacen necesario el hecho de continuar el desarrollo de dicha planta, con la consiguiente dotación de plazas de magistrado en órganos colegiados y la constitución de nuevos juzgados. En consecuencia, siguiendo en esta línea de actuación, este real decreto recoge parte del desarrollo de la programación del año 2006 y en él se crean un total de 20 nuevas unidades judiciales (dos plazas de magistrado en órganos colegiados y 18 juzgados), ajustada a los créditos disponibles y siempre atendiendo al volumen de litigiosidad de los órganos judiciales en funcionamiento. Por lo que respecta a la dotación de nuevas plazas de magistrado en Audiencias Provinciales, se ha tenido en cuenta lo dispuesto en los artículos 14.2 y 20.3 de la Ley 38/1988, de 28 de diciembre, de demarcación y de planta judicial. En efecto se dota de una plaza de magistrado a la Audiencia Provincial de Las Palmas de Gran Canaria, que conlleva la creación de la sección sexta de dicha Audiencia. La Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de medidas de protección integral contra la violencia de género, con las modificaciones introducidas en la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y en la Ley 38/1988, de 28 de diciembre, de demarcación y de planta judicial, incide de forma evidente en la estructura judicial con la correspondiente mejora de la Administración de Justicia. Es por ello que en el presente real decreto se recoge la creación y constitución de nueve nuevos juzgados de violencia sobre la mujer exclusivos con el fin de dar respuesta a la actual demanda social. | |
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