Resumen | |
[J] | EL TRIBUNAL DE JUSTICIA ANULA PARCIALMENTE LA DECISIÓN DE LA COMISIÓN QUE OBLIGABA A BÉLGICA A SUPRIMIR EL RÉGIMEN FISCAL EN FAVOR DE LOS CENTROS DE COORDINACIÓN DE EMPRESAS MULTINACIONALES. Al no contener medidas transitorias, la decisión de la Comisión infringe el Derecho comunitario.(publicado en Actualidad Diaria 792 el 22 de junio de 2006) |
texto publicado volver | |
En 1982, Bélgica estableció un régimen fiscal ventajoso,
excepcional al Derecho común, por lo que respecta a los centros de coordinación.
La posibilidad de beneficiarse de dicho régimen está supeditada
a la autorización previa e individual del centro. Para obtener dicha autorización,
el centro debe formar parte de un grupo multinacional y cumplir determinados requisitos
relativos a su capital, sus reservas y su volumen de negocios anual. Sólo
se autorizan determinadas actividades de carácter auxiliar, preparatorio
o de centralización, y las empresas del sector financiero están
excluidas. Los centros deben emplear en Bélgica, como mínimo, el
equivalente de diez personas a jornada completa al término de los dos primeros
años de actividad. | |
texto publicado volver |
Los suscriptores de este Diario tiene 5 ventajas:
1 Prioridad en la recepción de los envíos del Diario.
2 El Diario se puede recibir en tres e-mail diferentes por cada suscripción.
3 Acceso a todos los Diarios publicados desde el número 1 (16 años de histórico).
4 Buzón de e-mail POP3 y web gratuíto para recibir el Diario y cualquier otro uso. Pulse aquí
5 Pedidos de libros sin gastos de envío. Ultimas novedades, aquí
Estamos a su servicio en el
telefono 902 198 832
(L a V de 9:00 a 20:00)
Las e-fuentes consultadas: |
Legislaci�n: DOCE, BOE, Boletín Oficial de las Cortes Generales (BOCG). |
Jurisprudencia:
TC, TS, TJUE y TEDH. |
Noticias:
europa press, EFE, EL PA�S, EL MUNDO, ABC, LA RAZ�N, LA VANGUARDIA,
EXPANSI�N |
Documentaci�n
oficial: Presidencia del Gobierno,
Ministerio de Hacienda-Agencia Tributaria, Ministerio de Trabajo-Seguridad
Social, Ministerio de Justicia y CGPJ. |
Documentaci�n
corporativa: Consejo
General de la Abogac�a-Colegio de Abogados de Madrid, Consejo General
del Notariado, Colegio de Registradores, Consejo General de Procuradores-Colegio
de Madrid, Asociaciones judiciales (APM, JpD, Fco. Vitoria) |
© 2002-2015 PYB ENTERPRISES S.L. Este diario es una publicación distribuida por paraprofesionales.com y se dirige exclusivamente a sus suscriptores. Su reenvío a terceras personas distintas del destinatario requiere autorización expresa de PYB ENTERPRISES, SL S.L. PYB ENTERPRISES S.L. no se hace responsable de las decisiones tomadas con base en el contenido del presente diario. Las colaboraciones firmadas recogen la opiniones de sus autores. paraprofesionales.com
es una web de PYB Enterprises, SL. PYB Enterprises, SL. Centro de trabajo:
Fuentesauco,9 local. 282024 Pozuelo de Alarc�n
(MADRID). TELEFONO 902 198 832 – Fax 901 02 03 62. email de contacto. |