Resumen | |
[L] | Ley [CASTILLA-LA MANCHA] 1/2006, de 23 de marzo, de creación de la Empresa Pública Gestión Ambiental de Castilla-La Mancha, S. A.(publicado en Actualidad Diaria 794 el 26 de junio de 2006) |
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El artículo 128.2 de la Constitución Española reconoce la iniciativa pública en la actividad económica y el artículo 53.2 de la Ley Orgánica 9/1982, de 10 de agosto, de Estatuto de Autonomía de Castilla-La Mancha, faculta a la Junta de Comunidades para constituir empresas públicas como medio de ejecución de las funciones que sean de su competencia, fórmula por la que se opta a la hora de crear la Empresa pública «Gestión Ambiental de Castilla-La Mancha., S. A.». Asimismo, el artículo 4 cuatro f) del Estatuto de Autonomía establece como objetivo básico de la Junta de Comunidades el fomento de la calidad de vida, mediante la protección de la naturaleza y del medio ambiente y el desarrollo de los equipamientos sociales, con especial atención al medio rural.A su vez, el artículo 31.1.1.ª del Estatuto atribuye plena competencia a la Junta de Comunidades para la organización de las instituciones de autogobierno, competencia en la que se incluye la creación de una entidad como la que se proyecta por esta Ley. El Gobierno Regional es consciente de la importancia del medio ambiente como garante del bienestar social y la calidad de vida de nuestros ciudadanos, y del desarrollo sostenible de la Comunidad de Castilla-La Mancha con una visión integral del medio ambiente, donde las relaciones entre los ciudadanos y su entorno natural y social producen riqueza, recursos económicos y empleo, a la par que generan bienestar social que se traduce en una mejor calidad de vida. Es por ello que el Gobierno Regional fomenta todos aquellos instrumentos en apoyo del desarrollo socioeconómico sostenible y compatible con la conservación de la naturaleza y sus recursos para contribuir a la creación de yacimientos de oportunidades, empleo e inversiones, que actúen como revulsivo dinamizador de las economías de nuestros pueblos, cobrando especial importancia las estrategias y planes para el medio rural que deben permitir la permanencia de la población en condiciones adecuadas de bienestar, una actividad económica suficiente y diversificada, asegurando la conservación y regeneración de los recursos naturales y permitiendo la protección del patrimonio cultural y natural. Por tanto, es objeto de la presente Ley la creación de la Empresa pública «Gestión Ambiental de Castilla-La Mancha, S. A.» y regular los aspectos básicos del régimen de funcionamiento de la citada empresa para propiciar, desde el máximo rigor, una más eficaz gestión de la actividad medioambiental y de desarrollo social sostenible en la Región. | |
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