Resumen | |
[L] | Real Decreto 864/2006, de 14 de julio, para la mejora del sistema de protección por desempleo de los trabajadores agrarios.(publicado en Actualidad Diaria 809 el 17 de julio de 2006) |
texto publicado volver | |
Este real decreto tiene por objeto seguir avanzando en el sistema de protección por desempleo de los trabajadores incluidos en el Régimen Especial Agrario de la Seguridad Social, incorporando las mejoras que forman parte del Acuerdo alcanzado el 15 de diciembre de 2005, con las Organizaciones Sindicales más representativas, referidas a los aspectos siguientes:En aplicación del artículo 4.3 de la Ley 45/2002, de 12 de diciembre, que faculta al Gobierno para modificar la escala que fija la duración de la prestación contributiva de los trabajadores eventuales agrarios, la escala establecida en dicho artículo se iguala a la del resto de los trabajadores de otros regímenes, lo que mejora la duración de las prestaciones de esos trabajadores y la equipara a la del resto de los colectivos, complementariamente también se establece el cálculo del periodo de ocupación cotizada. Se eliminan los límites temporales de acceso a la renta agraria, regulada por el Real Decreto 426/2003, de 11 de abril, durante, como máximo, seis veces, para permitir que dicha renta se pueda obtener tantas veces como sea necesario, siempre que se reúnan los requisitos exigidos para ello. Para promover la reinserción laboral y la estabilidad en el empleo, se facilita el acceso al subsidio por desempleo y a la renta agraria, ambos en favor de los trabajadores eventuales del Régimen Especial Agrario de la Seguridad Social de las comunidades autónomas de Andalucía y Extremadura, de forma que para la obtención de esa protección se puedan computar las jornadas reales cotizadas no solo durante el trabajo eventual agrario, sino también durante el trabajo fijo discontinuo agrario. Considerando que la reducción del trabajo en el sector agrario motivada por las heladas que se produjeron en el año 2005 aún se mantiene, se amplía a todo el año 2006 la menor exigencia de jornadas reales cotizadas para la obtención del subsidio por desempleo o la renta agraria en favor de los trabajadores eventuales del Régimen Especial Agrario de la Seguridad Social, conforme a lo establecido por la disposición adicional sexta del Real Decreto-ley 10/2005, de 20 de junio. Además, se incluye en este real decreto una disposición adicional cuyo contenido, de carácter técnico, permite aclarar la normativa de protección por desempleo aplicable a trabajadores fijos discontinuos incluidos en el Régimen Especial Agrario de la Seguridad Social. | |
texto publicado volver |
Los suscriptores de este Diario tiene 5 ventajas:
1 Prioridad en la recepción de los envíos del Diario.
2 El Diario se puede recibir en tres e-mail diferentes por cada suscripción.
3 Acceso a todos los Diarios publicados desde el número 1 (16 años de histórico).
4 Buzón de e-mail POP3 y web gratuíto para recibir el Diario y cualquier otro uso. Pulse aquí
5 Pedidos de libros sin gastos de envío. Ultimas novedades, aquí
Estamos a su servicio en el
telefono 902 198 832
(L a V de 9:00 a 20:00)
Las e-fuentes consultadas: |
Legislaci�n: DOCE, BOE, Boletín Oficial de las Cortes Generales (BOCG). |
Jurisprudencia:
TC, TS, TJUE y TEDH. |
Noticias:
europa press, EFE, EL PA�S, EL MUNDO, ABC, LA RAZ�N, LA VANGUARDIA,
EXPANSI�N |
Documentaci�n
oficial: Presidencia del Gobierno,
Ministerio de Hacienda-Agencia Tributaria, Ministerio de Trabajo-Seguridad
Social, Ministerio de Justicia y CGPJ. |
Documentaci�n
corporativa: Consejo
General de la Abogac�a-Colegio de Abogados de Madrid, Consejo General
del Notariado, Colegio de Registradores, Consejo General de Procuradores-Colegio
de Madrid, Asociaciones judiciales (APM, JpD, Fco. Vitoria) |
© 2002-2015 PYB ENTERPRISES S.L. Este diario es una publicación distribuida por paraprofesionales.com y se dirige exclusivamente a sus suscriptores. Su reenvío a terceras personas distintas del destinatario requiere autorización expresa de PYB ENTERPRISES, SL S.L. PYB ENTERPRISES S.L. no se hace responsable de las decisiones tomadas con base en el contenido del presente diario. Las colaboraciones firmadas recogen la opiniones de sus autores. paraprofesionales.com
es una web de PYB Enterprises, SL. PYB Enterprises, SL. Centro de trabajo:
Fuentesauco,9 local. 282024 Pozuelo de Alarc�n
(MADRID). TELEFONO 902 198 832 – Fax 901 02 03 62. email de contacto. |