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del Derecho
Resumen
[J]
Compatibilidad de la pensión por incapacidad permanente total para una determinada profesión (mozo de almacén) con el desempeño de otra distinta (oficial 1ª carpintero ebanista). (publicado en Actualidad Diaria 959 de 20 de marzo de 2007)
La cuestión a decidir en el presente proceso versa sobre la compatibilidad de la pensión por incapacidad permanente total para una determinada profesión con el desempeño retribuido de otra distinta. La sentencia de instancia desestimó la demanda y confirmó así la resolución administrativa denegatoria de la compatibilidad tras declarar acreditado que el demandante fue declarado por sentencia firme
La sentencia dictada por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Asturias el 23 de septiembre de 2005 , que interpuso el propio demandante, mantuvo los hechos probados de instancia y desestimó el recurso con el argumento esencial de que la nueva actividad como oficial 1ª ebanista, aunque distinta a la anterior de mozo de almacén, requiere "mayores esfuerzos y mayor capacidad que la que era exigible en el trabajo para el que fue declarado inválido".
El tribunal Supremo estima su recurso y declara compatible la prestación y el trabajo.
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