Resumen | |
[J] | Contratas de limpieza. No se da sucesión de empresa entre adjudicatarias.(publicado en Actualidad Diaria 1438 el 21 de abril de 2009) |
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Por las dos actoras se presentaron demandas ante el Juzgado de lo Social nº 10 de Bilbao, solicitando de acuerdo con el art. 44 del ET y 27 del Convenio Colectivo de Limpiezas de Locales y Edificios de Vizcaya, se declarase que existió subrogación empresarial entre las demandadas FOMENTO DE CONSTRUCCIONES y CONTRATAS SA. (FCC) y UNION INTERNACIONAL DE LIMPIEZAS SA. (UNI-2), reconociendo el derecho de aquellas a ser subrogadas en la plantilla de esta última. | |
Información relacionada | |
[N] CC OO despide a una afiliada por no querer trabajar a través de una contrata | |
[J] Subcontrata de limpieza. Traspaso de los trabajadores a la nueva adjudicataria. Requisitos | |
[J] Sucesión de empresas. Limpieza de un sanatorio por una empresa contratada para ello que es asumida directamente por el hospital. | |
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