Resumen | |
[J] | Garantia de vehículos vinculada a pasar las revisiones establecidas por el fabricante. No vulnera la ley.(publicado en Actualidad Diaria 1654 el 2 de febrero de 2010) |
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El denunciante (i) es propietario de un vehículo Citroën C4, matrícula xxx; (ii) el
vehículo fue llevado a reparar a TALLERES M., taller autorizado de la red
oficial Citroën; (iii) al taller autorizado le certificó que no se podía aplicar la garantía del
fabricante, toda vez que no se habían realizado los mantenimientos del vehículo, conforme a las
pautas del fabricante; (iv) el Departamento de Dirección Técnica Postventa de Citroën informa
que, tras analizar la documentación referida a los mantenimientos realizados al mencionado
vehículo, no se acredita la realización del mantenimiento correspondiente a los 40.000
kilómetros, limitándose el propietario a presentar un escrito de un taller independiente, sin
incorporar ninguna factura que acredite fehacientemente los servicios realizados; (v) no se ha
aportado prueba alguna que acredite la realización de la revisión de los 60.000 kilómetros, a
pesar de su preceptiva realización, según exigencia recogida en la Guía de mantenimiento. | |
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