Resumen | |
[L] | Instrucción 1/2011, de 31 de marzo, del Pleno del Consejo General del Poder Judicial, sobre el funcionamiento de las unidades procesales de apoyo directo a jueces y magistrados y su actuación coordinada con los servicios comunes procesales.(publicado en Actualidad Diaria 1927 el 5 de abril de 2011) |
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El Capítulo I de esta Instrucción se refiere a la Unidad Procesal de Apoyo Directo. El correcto funcionamiento del nuevo modelo de organización de la Oficina Judicial exige la configuración de esta unidad como un espacio dotado de forma adecuada para el ejercicio de la función jurisdiccional. Las Unidades Procesales de Apoyo Directo son las unidades de la oficina judicial que directamente asisten a Jueces y Magistrados en el ejercicio de las funciones que les son propias. Por su parte, los Secretarios Judiciales y el resto de los funcionarios al servicio de la Administración de Justicia con destino en estas unidades cumplirán y velarán por el cumplimiento de las decisiones que adopten los Jueces y Magistrados en el ejercicio de sus competencias. | |
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