Resumen | |
[J] | Convenio regulador. Requisitos para traspasar bienes privativos a la sociedad de ganaciales y adjudicarlos al otro conyuge(publicado en Actualidad Diaria 1988 el 5 de julio de 2011) |
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Para la resolución del presente recurso son relevantes los siguientes hechos: a) Mediante convenio regulador suscrito por doña I. Q. G. y don E. R. C., aprobado judicialmente, se incluyó en el inventario, entre otras fincas, una que figuraba inscrita con carácter privativo del citado don E. R. C. b) En el mismo acto se aporta dicha finca a la sociedad legal de gananciales, «pasando a formar parte del activo de la misma», y se adjudica a doña I. Q. G. c) La Registradora no practica los asientos solicitados porque considera necesario plasmar la citada aportación en escritura pública y por no expresarse la causa de la adquisición. d) La recurrente alega que el título presentado para su inscripción tiene la consideración de «ejecutoria» judicial, con acceso directo al Registro de la Propiedad y que la aportación se efectúa por causa de la existencia de una vivienda ganancial construida sobre un bien privativo, que los cónyuges deciden otorgar a la esposa, por lo que para ello previamente deben solucionar el problema de la accesión invertida existente. e) De los antecedentes del Registro resulta que tanto el terreno como la obra nueva (nave y vivienda) existente sobre la finca figuran inscritos en el Registro con carácter privativo, de conformidad con el artículo 1359 del Código Civil. Para la Dirección General ambos defectos deben ser confirmados. | |
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