Resumen | |
[J] | El Tribunal General confirma, en esencia, la Decisión de la Comisión que impuso una multa coercitiva a Microsoft por no haber permitido que sus competidores accedieran a la información relativa la interoperabilidad en condiciones razonables |
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El 24 de marzo de 2004, la Comisión adoptó una Decisión declarando que Microsoft había abusado de su posición dominante con dos comportamientos diferentes e impuso en consecuencia a Microsoft una multa de más de 497 millones de euros. | |
Información relacionada | |
[J] La funcionalidad de un programa de ordenador y el lenguaje de programación no pueden ser protegidos mediante los derechos de autor El adquirente de una licencia de un programa de ordenador tiene derecho, en principio, a observar, verificar o estudiar su funcionamiento para determinar las ideas y principios implícitos en él | |
[J] Protección jurídica de los programas de ordenador. Según el Abogado General Sr. Bot, ni las funcionalidades de un programa de ordenador ni el lenguaje de programación pueden acogerse a la protección del derecho de autor. El código fuente de un programa puede reproducirse para garantizar su interoperabilidad con otro programa siempre que concurran determinados requisitos | |
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