Resumen | |
[J] | Sucesión de empresas. Adjudicación, en procedimiento hipotecario, a la entidad bancaria prestamista, del inmueble ocupado por el establecimiento hotelero en el que los trabajadores demandantes habían venido desempeñando su actividad laboral. No se cumple la exigencia de transmisión de elementos que permitan continuar una explotación empresarial "viva".(publicado en Actualidad Diaria 2317 el 4 de enero de 2013) |
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El problema que se plantea en el presente recurso de casación para la unificación de doctrina, resuelto ya en lo esencial por esta Sala en la forma que luego se verá, consiste en determinar la existencia, o no, de subrogación empresarial en un supuesto derivado de la adjudicación, en procedimiento hipotecario, a la pertinente entidad prestamista (el Banco Pastor en el caso) del inmueble ocupado por el establecimiento hotelero en el que los trabajadores demandantes habían venido desempeñando su actividad laboral. La cuestión, pues, se centra en decidir una vez más si nos encontramos, o no, en el supuesto de sucesión empresarial previsto en elart. 44 del Estatuto de los Trabajadores (ET), en la redacción dada por la Ley 12/2001, de 9 de julio. | |
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