Resumen | |
[J] | El objeto social de una sociedad puede tener puntos suspensivos(publicado en Actualidad Diaria 2360 el 8 de marzo de 2013) |
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En el presente caso se cuestiona el modo en cómo se ha efectuado acceso registral parcial de una cláusula estatutaria, integrada en la escritura de creación de una sociedad de responsabilidad limitada, en la que se describe su objeto social, en los siguientes términos: «2.–Objeto.–El objeto social será la realización de cualesquiera de las siguientes actividades siguientes: – La compraventa de todo tipo de vehículos de motor (automóviles, camiones, autocares,…) así como de todos sus accesorios. – La reparación completa (mecánica, carrocería, electricidad, pintura,…) y mantenimiento de todo tipo de vehículos de motor (automóviles, camiones, autocares,…) así como de todos sus accesorios. – La asistencia en carretera de todo tipo de vehículos de motor (automóviles, camiones, autocares…) – El transporte por carretera de todo tipo de vehículos de motor (automóviles, camiones, autocares,…) así como de todos sus accesorios. – La realización de todo tipo actividades relacionadas con el deporte del automóvil (clásico y actual)». 2. La cuestión controvertida surge de que se inscribió la referida cláusula excluyendo la inscripción una parte de la misma, en concreto los puntos suspensivos que aparecen al final de las expresiones contenidas entre paréntesis «por no admitirse expresiones inconcretas o indeterminadas como son los puntos suspensivos (...)». El notario recurre este proceder registral por entender que la dicción de la cláusula transcrita en modo alguno deja indeterminado el objeto, pues la cita entre paréntesis de algún ejemplo, tras la delimitación de un género de comercio, no provoca indeterminación alguna. Subsidiaria o complementariamente el notario entiende que a lo sumo el registrador podría haber omitido la entera frase entre paréntesis, pero no alterar el significado de ésta mediante la eliminación, al efectuar la transcripción del título al Registro, de los puntos suspensivos. La dirección General estima el recurso | |
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