Resumen | |
[J] | La prohibición de vender en las parafarmacias medicamentos sujetos a receta médica, establecida por la ley italiana, es acorde con el Derecho de la Unión. |
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En Italia sólo pueden prestar servicios farmacéuticos las farmacias municipales o las farmacias privadas provistas de una concesión otorgada por el Gobierno. El establecimiento de farmacias en el territorio es objeto de un régimen de planificación en virtud del cual la instalación de una nueva farmacia está sujeta a una autorización previa y las farmacias que se implantan en ese territorio están limitadas a un número máximo y deben estar repartidas de manera equilibrada de conformidad con el «mapa farmacéutico». Mediante este régimen se pretende, por una parte, evitar el riesgo de que las farmacias se concentren únicamente en las zonas más atractivas desde el punto de vista comercial y garantizar a cada una de ellas una cuota de mercado y, por otra parte, cubrir las necesidades de medicamentos en el conjunto del territorio. | |
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