Resumen | |
[J] | Responsabilidad patrimonial sanitaria. Parto. Secuelas muy graves.(publicado en Actualidad Diaria 2926 el 9 de julio de 2015) |
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La Sentencia recurrida desestima la reclamación. Los hechos que enjuició arrancan el 16 de febrero cuando la recurrente, que estaba en la trigésimo novena semana de embarazo, padeció una subida de tensión. Quedó ingresada y en los días sucesivos se estabilizó. El 20 febrero 1996, sobre las 21:00 horas, tuvo náuseas y vómitos; a las 21:10 hubo rotura espontánea de la bolsa, con líquido teñido, lo que indica riesgo de pérdida de bienestar fetal. Se acordó administrar oxitocina para forzar el parto. A las 21:20 el feto estaba en I plano Hodge y con una frecuencia cardiaca fetal normal; a las 22:40 o 45 pasó a I-II Plano Hodge y aparecieron DIPs variables en el ritmo cardíaco fetal, por lo que se ordenó la prueba de pH y se solicitó un preoperatorio para posible cesárea. A los efectos de esta casación lo litigioso se centra en los momentos posteriores. Así a las 23:20, permanecía en I-II plano de Hodge, presentaba una dilatación de 4-5 centímetros y se tuvo ya el resultado del pH fetal que fue normal (7,317), por lo que se acordó seguir el parto por vía vaginal. A las 23:50 horas se le administró anestesia epidural, se retiró la monitorización y a las 00:05 pasó al paritorio. Estaba ya en III plano de Hodge, la dilatación era completa y se procedió a la extracción del feto mediante ventosa, intento que fracasa. A las 00:30 se decide practicar una cesárea de urgencia y a las 00:45 se produce el nacimiento. Al nacer la hija de los recurrentes presentó lesiones cerebrales por encefalopatía hipóxica isquémica y convulsiva, epilepsia secundaria, siendo la causa asfixia fetoneonatal grave. Padece secuelas neuromotoras de las extremidades importantes, afecta tronco, trastornos respiratorios y deglutorios y afectación cognitiva. Ha sido declarada su gran invalidez, precisa la ayuda de terceras personas para atenciones vitales y perentorias y precisará atención temprana, fisioterapia, logopedia, terapia ocupacional, apoyos técnicos y humanos especializados, etc. El Supremo estima el recurso. | |
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