Resumen | |
[J] | Cláusula suelo. Efectos restitutorios de la declaración de nulidad. Devolución de las cantidades cobradas en aplicación de la cláusula declarada nula con sus intereses. Inexistencia de cosa juzgada. Acciones individuales y colectivas.(publicado en Actualidad Diaria 3593 el 28 de julio de 2017) |
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1. La cuestión objeto de este recurso de casación es la referida a los efectos restitutorios de la declaración de nulidad de la denominada cláusula suelo.
La sentencia del Juzgado Mercantil declaró la nulidad de la cláusula suelo y condenó a la entidad bancaria a reintegrar a los prestatarios todas las cantidades cobradas en aplicación del «suelo» por encima del interés variable que hubiera resultado de la aplicación del diferencial al índice de referencia.
La Audiencia Provincial, invocando la doctrina sentada en la sentencia 241/2013, de 9 de mayo, confirmó la nulidad de la «cláusula suelo», por falta de transparencia, pero limitó los efectos restitutorios de tal declaración de nulidad, en realidad, los suprimió, puesto que dejó sin efecto el pronunciamiento de la sentencia de primera instancia que acordaba tal restitución «eliminando la condena de NCG Banco SA a reintegrar a los demandantes las cantidades cobradas en aplicación del tipo mínimo por encima del interés variable más el diferencial fijado».
El Supremo estima el recurso. | |
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