Resumen | |
[J] | Incendio en vivienda que se propaga causando daños a los vecinos. Acción subrogatoria por la aseguradora contra el responsable del siniestro. La reclamación extrajudicial a la aseguradora no interrumpe la prescripción respecto del responsable.(publicado en Actualidad Diaria 3624 el 10 de octubre de 2017) |
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En su día se presentaron distintas demandas por las aseguradoras Mutua de Propietarios, Liberty Seguros y Reale Seguros en ejercicio de acción de repetición contra los demandados don Severiano y doña Amparo y también contra su aseguradora Catalana Occidente S.A., por un mismo siniestro respecto del cual las demandantes hubieron de hacer frente a las indemnizaciones correspondientes a sus propios asegurados, solicitando declaración de responsabilidad solidaria de los demandados y se les condene al pago de las cantidades satisfechas a sus respectivos asegurados, propietarios de las viviendas ubicadas en la CALLE000 de El Masnou, en virtud de sus respectivas pólizas de seguro. Los daños tuvieron su origen en el incendio que se produjo en la vivienda de los Sres. Amparo Severiano el 9 de mayo de 2007, al haber ardido un colchón. Los demandados se opusieron, salvo Catalana Occidente que se allanó respecto de determinada cantidad a la que entendió que se limitaba su responsabilidad según el contrato de seguro. El Juzgado de Primera Instancia n.º 3 de Mataró dictó sentencia de fecha 16 de noviembre de 2012 , que fue estimatoria en parte de las demandas, si bien desestimó la formulada por Liberty al considerar que la acción estaba prescrita. La sentencia negó que se tratara de un caso fortuito, atribuyendo responsabilidad a los demandados ya que el origen del daño estaba bajo la esfera de su control y el incendio pudo haber sido evitado, pues la utilización de una lámpara de lectura sin la debida fijación desencadenó el suceso, sin que se haya probado que el incendio se produjo pese a haber actuado con diligencia. Respecto de la cuantificación de los daños se consideró que resultaban más objetivos los informes periciales aportados por los Sres. Amparo Severiano , procediendo a fijar su importe prácticamente en la misma suma prevista en los referidos informes. Las partes recurrieron en apelación y la Audiencia Provincial de Barcelona (sección 19.ª) dictó sentencia de fecha 10 de diciembre de 2014 que estimó parcialmente los recursos de apelación interpuestos por Mutua de Propietarios y Liberty y desestimó el presentado por Reale y la impugnación de la sentencia formulada por los Sres. Severiano Amparo . Consideró que no podía estimarse el suceso como caso fortuito ni cabía exonerar de responsabilidad a los demandados. El Supremo estima parcialmente el recurso. | |
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