www.paraprofesionales.com

[ACTUALIDAD DIARIA]

Revista electrónica para profesionales del Derecho

ACTUALIDAD DIARIA paraprofesionales.com Revista de Derecho, Jurisprudencia y Legislacion
Resumen

[J]

Los daños causados por vehículos destinados a utilizarse también como maquinaria de trabajo sólo deben quedar cubiertos por el seguro obligatorio de la responsabilidad civil que resulta de la circulación de vehículos cuando dichos vehículos se utilizan principalmente como medios de transporte.
El que el vehículo esté inmovilizado o tenga o no el motor en marcha cuando tiene lugar el accidente no excluye, por sí solo, que se esté utilizando en ese momento en su función de medio de transporte.

(publicado en Actualidad Diaria 3657 el 29 de noviembre de 2017)

texto publicado volver

La Sra.  A. falleció en marzo de 2006 a raíz de un accidente acaecido en la explotación agrícola en la que trabajaba. Fue aplastada por un tractor que estaba inmovilizado en un cambio de tierra de la explotación con el motor en marcha con el fin de accionar una bomba para pulverizar herbicida. El tractor volcó a causa de un desplazamiento de tierras provocado, entre otras cosas, por su peso, por las vibraciones del motor y de la bomba del pulverizador de herbicida y por las fuertes lluvias. El viudo de la Sra. A. ejercitó una acción en vía jurisdiccional con el objeto de que se condenase a reparar los daños morales resultantes del accidente, bien solidariamente al matrimonio propietario de la explotación y al matrimonio propietario del tractor, bien a CA Seguros ―compañía de seguros con la que la propietaria del vehículo había suscrito un contrato de seguro de la responsabilidad civil derivada de la circulación―, en caso de que esta compañía estuviera obligada a responder del siniestro.
La Primera Directiva sobre el seguro de la responsabilidad civil que resulta de la circulación de vehículos automóviles  establece que la responsabilidad civil relativa a la circulación de vehículos que tengan su estacionamiento habitual en el territorio de los Estados miembros debe quedar cubierta mediante un seguro.
El Tribunal da Relação de Guimarães (Audiencia de Guimarães, Portugal) señala que, en un asunto que trataba de una maniobra de marcha atrás de un tractor agrícola,  el Tribunal de Justicia declaró que el concepto de «circulación de vehículos» incluye la utilización de un vehículo que es conforme con su función habitual. El tribunal portugués añade que las circunstancias de dicho asunto permiten considerar que la función habitual de un vehículo es estar en movimiento. No obstante, precisa que el Tribunal de Justicia aún no se ha pronunciado sobre si el concepto de «circulación de vehículos» también incluye la utilización del vehículo como máquina generadora de fuerza motriz, pero sin locomoción. En consecuencia, se pregunta si, en atención al objetivo de protección de las víctimas que persigue la normativa de la Unión relativa al seguro obligatorio y a la necesidad de una aplicación uniforme del Derecho de la Unión, está justificado excluir del ámbito de aplicación del concepto de «circulación de vehículos» los casos en que un vehículo inmovilizado se utilice en su función habitual de máquina generadora de fuerza motriz para la ejecución de otra tarea, a pesar de que este uso pueda causar accidentes graves e incluso mortales. 
En su sentencia dictada hoy, el Tribunal de Justicia declara que no está comprendida en el concepto de «circulación de vehículos», a efectos de la Directiva, una situación en la que la función principal de un tractor agrícola que se ha visto envuelto en un accidente, en el momento de producirse éste, no era la de servir como medio de transporte, sino la de generar, como maquinaria de trabajo, la fuerza motriz necesaria para accionar la bomba de un pulverizador de herbicida.
En primer lugar, el Tribunal de Justicia señala que la cuestión planteada por el tribunal portugués se basa en la premisa de que el contrato de seguro que había suscrito la propietaria del tractor tiene por objeto cubrir únicamente la responsabilidad civil derivada de su circulación. En este contexto, el Tribunal de Justicia examina si los hechos que provocaron el fallecimiento de la Sra. A. pueden o no calificarse de accidente relativo a la circulación del tractor a efectos de la Directiva.
El Tribunal de Justicia precisa, a continuación, que el concepto de «circulación de vehículos» no puede dejarse a la apreciación de cada Estado miembro, sino que constituye un concepto autónomo del Derecho de la Unión, que debe interpretarse de modo uniforme.
El Tribunal de Justicia destaca que la extensión del concepto de «circulación de vehículos», a efectos de la Directiva, no depende de las características del terreno en el que se utilice el vehículo y que incluye toda utilización de un vehículo como medio de transporte. A este respecto, el hecho de que el tractor estuviera inmovilizado en el momento en que se produjo el accidente no excluye, por sí solo, que el uso del vehículo en ese momento pueda estar comprendido en su función de medio de transporte y, en consecuencia, en el concepto de «circulación de vehículos», en el sentido de la Directiva. Además, no es determinante a estos efectos que el motor estuviera o no en marcha en el momento de producirse el accidente. No obstante, el Tribunal de Justicia observa que, cuando se trata de un vehículo que está destinado a utilizarse también, en determinadas circunstancias, como maquinaria de trabajo, debe determinarse si, cuando dicho vehículo se ve envuelto en la producción de un accidente, se está utilizando principalmente como medio de transporte –en cuyo caso este uso puede quedar comprendido en el concepto de «circulación de vehículos», a efectos de la Directiva– o como maquinaria de trabajo –en cuyo caso el uso no se incluye en este mismo concepto. El Tribunal de Justicia llega a la conclusión de que en las circunstancias del presente asunto el uso del tractor se vincula principalmente a su función como maquinaria de trabajo ―es decir, como generador de la fuerza motriz necesaria para accionar la bomba del pulverizador de herbicida del que disponía para esparcir el herbicida sobre las vides de la explotación agrícola― y no como medio de transporte. Por tanto, este uso no está comprendido en el concepto de «circulación de vehículos», a efectos de la Directiva.


 Directiva 72/166/CEE del Consejo, de 24 de abril de 1972, relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros sobre el seguro de la responsabilidad civil que resulta de la circulación de vehículos automóviles, así como sobre el control de la obligación de asegurar esta responsabilidad (DO 1972, L 103, p. 1; EE 13/02, p. 113; «Primera Directiva»). La Directiva 2009/103/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de septiembre de 2009, relativa al seguro de la responsabilidad civil que resulta de la circulación de vehículos automóviles, así como al control de la obligación de asegurar esta responsabilidad (DO 2009, L 263, p. 11), derogó la Primera Directiva. Sin embargo, habida cuenta de la fecha en la que se produjeron los hechos, resulta aplicable al asunto la Primera Directiva.

 Sentencia de 4 de septiembre de 2014, Vnuk (C‑162/13; véase CP n.º 117/14). En otro asunto, aún pendiente, el Tribunal de Justicia debe delimitar con mayor precisión el concepto de «circulación de vehículos» en relación con un accidente acaecido en un campo de maniobras en el que se vio envuelto un vehículo militar (asunto Núñez Torreiro, C‑334/16).

 Los Gobiernos portugués, estonio, irlandés, español, letón y del Reino Unido han presentado observaciones en este asunto.

texto publicado volver


Las e-fuentes consultadas:

Legislaci�n: DOCE, BOE, Boletín Oficial de las Cortes Generales (BOCG).
Jurisprudencia: TC, TS, TJUE y TEDH.
Noticias: europa press, EFE, EL PA�S, EL MUNDO, ABC, LA RAZ�N, LA VANGUARDIA, EXPANSI�N, a3n.tv, libertaddigital.com, 20minutos.es, 5dias.com, cope.es, vnet.es, diariodirecto.com
Documentaci�n oficial: Presidencia del Gobierno, Ministerio de Hacienda-Agencia Tributaria, Ministerio de Trabajo-Seguridad Social, Ministerio de Justicia y CGPJ.
Documentaci�n corporativa: Consejo General de la Abogac�a-Colegio de Abogados de Madrid, Consejo General del Notariado, Colegio de Registradores, Consejo General de Procuradores-Colegio de Madrid, Asociaciones judiciales (APM, JpD, Fco. Vitoria), Confederación Española de Organizaciones Empresariales CEOE, Instituto de la Empresa Familiar, Unión General de los Trabajadores UGT, Comisiones Obreras CCOO, Asociación Española de Usuarios de Internet (AUI), Asociación de Internautas, Sociedad General de Autores y Editores (SGAE).

© 2002-2015 PYB ENTERPRISES S.L. Este diario es una publicación distribuida por paraprofesionales.com y se dirige exclusivamente a sus suscriptores. Su reenvío a terceras personas distintas del destinatario requiere autorización expresa de PYB ENTERPRISES, SL S.L. PYB ENTERPRISES S.L. no se hace responsable de las decisiones tomadas con base en el contenido del presente diario. Las colaboraciones firmadas recogen la opiniones de sus autores.

paraprofesionales.com es una web de PYB Enterprises, SL.
actualidaddiaria.com es una web de PYB Enterprises, SL.

PYB Enterprises, SL. Centro de trabajo: Fuentesauco,9 local. 282024 Pozuelo de Alarc�n (MADRID). TELEFONO 902 198 832 – Fax 901 02 03 62. email de contacto.

PYB Enterprises, SL. Inscrita en el RM de Madrid Tomo 18.102, Libro 0, Folio 116, Sección 8, Hoja M-313075, Inscripción 1ª.- CIF: B-83383620. Las bases de datos de clientes están registradas en la Agencia Estatal de Protección de Datos.
Empresa autorizada e inscrita en el Registro General de Empresas de Venta a distancia de la Comunidad de Madrid. REVA209/03.

ACTUALIDAD DIARIA

ACTUALIDAD DIARIA

Incluye suscripción, Revista electrónica para profesionales del Derecho (Diario)

Y, además, disfrutará de nuestras siete ventajas como suscriptor

Precio: 157,79€ Oferta: 142,01€ (iva incl.)

Pedir   Más info
913517750 Pedidos 913 517 750

Memento IRPF 2024

Memento IRPF 2024

1400 páginas, edición anual, abril 2024, Incluye suscripción, La tranquilidad de tener las claves para no pagar de más.

Precio: 164,32€ Oferta: 156,10€ (iva incl.) En mano 24 H

Pedir   Más info  Indice
913517750 Pedidos 913 517 750

Todo Renta  2024 - Guia declaración 2023

Todo Renta 2024 - Guia declaración 2023

1800 páginas, edición anual, marzo 2024, Guía de la declaración 2023

Precio: 242,32€ Oferta: 230,20€ (iva incl.) En mano 24 H

Pedir   Más info  Indice
913517750 Pedidos 913 517 750

Memento Fiscal 2024 (s)

Memento Fiscal 2024 (s)

2300 páginas, edición anual, marzo 2024, Incluye suscripción, Edición especial para colectivos. ¡El libro que todos los asesores y juristas tienen cerca de su mesa.

Precio: 203,84€ Oferta: 193,65€ (iva incl.) En mano 24 H

Pedir   Más info  Indice
913517750 Pedidos 913 517 750

Memento Social 2024 (s)

Memento Social 2024 (s)

2200 páginas, edición anual, marzo 2024, Incluye suscripción, Edición especial para colectivos

Precio: 193,44€ Oferta: 183,77€ (iva incl.) En mano 24 H

Pedir   Más info  Indice
913517750 Pedidos 913 517 750

Memento Procedimientos Tributarios 2024-2025

Memento Procedimientos Tributarios 2024-2025

1400 páginas, edición bienal, enero 2024, Asegure el éxito de sus procedimientos Tributarios con la última información

Precio: 156,00€ Oferta: 148,20€ (iva incl.) En mano 24 H

Pedir   Más info  Indice
913517750 Pedidos 913 517 750

Memento Empleado Público 2024-2025

Memento Empleado Público 2024-2025

1000 páginas, edición anual, diciembre 2023,

Precio: 101,92€ Oferta: 96,82€ (iva incl.) En mano 24 H

Pedir   Más info
913517750 Pedidos 913 517 750

Memento Grupos Consolidados 2024-2025

Memento Grupos Consolidados 2024-2025

1100 páginas, edición bienal, diciembre 2023,

Precio: 145,60€ Oferta: 138,32€ (iva incl.) En mano 24 H

Pedir   Más info  Indice
913517750 Pedidos 913 517 750

Memento prevención de Riesgos Laborales 2024-2025

Memento prevención de Riesgos Laborales 2024-2025

1750 páginas, edición bienal, diciembre 2023, La información que necesita para evitar sanciones , sin rodeos. Referencias a la normativa, jurisprudencia y doctrina de aplicación en cada caso.

Precio: 116,48€ Oferta: 110,66€ (iva incl.) En mano 24 H

Pedir   Más info  Indice
913517750 Pedidos 913 517 750

Pack Memento Procesal Civil 2024 + Memento Procesal Penal 2024 + Memento Procesal Contencioso-Administrativo 2024

Pack Memento Procesal Civil 2024 + Memento Procesal Penal 2024 + Memento Procesal Contencioso-Administrativo 2024

edición anual, diciembre 2023,

Precio: 239,20€ Oferta: 227,24€ (iva incl.) En mano 24 H

Pedir   Más info  Indice
913517750 Pedidos 913 517 750

Arrendamientos Urbanos. Comentarios, legislación y Jurisprudencia

Arrendamientos Urbanos. Comentarios, legislación y Jurisprudencia

824 páginas, 2ª edición, noviembre 2023,

Precio: 83,10€ Oferta: 78,95€ (iva incl.) En mano 24 H

Pedir   Más info
913517750 Pedidos 913 517 750