Resumen | |
[J] | Delito contra la libertad religiosa. Tora rosaris del nostres ovaris. Avortament lliure gratuit(publicado en Actualidad Diaria 3699 el 1 de febrero de 2018) |
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El día 9 de febrero de 2014, domingo, siendo aproximadamente las 12:10 de la mañana, un grupo de unas treinta personas aproximadamente, entre los que se encontraban los acusados Eulalia con DNI NUM000 , Leon con DNI NUM001 , José con DNI NUM002 , Herminia con DNI NUM003 , Justa con DNI NUM004 , a sabiendas del acto que allí se practicaba, penetraron en la Iglesia de San Miguel de Palma donde se celebraba la misa de domingo a las 12 horas, al igual que se viene celebrando al menos desde hace treinta años. Los acusados junto con los otros individuos no identificados (excepto un menor de edad ya juzgado y condenado por sentencia firme) avanzaron en tropel por el pasillo aproximadamente hasta la mitad del templo, gritando al unísono y repetidamente las frases
Esto provocó la interrupción de la ceremonia religiosa, produciendo temor, nerviosismo y afectación al personal de la Iglesia y a los feligreses, que en número de 200 a 300 personas aproximadamente participaban de la celebración religiosa. Personal de la Iglesia de Sant Miguel y algunos feligreses formando barrera y extendiendo los brazos y las manos, sin acometimiento físico, consiguieron hacer retroceder el grupo hasta la salida, durante este proceso continuaron los gritos de consignas. No hubo por parte de persona alguna agresión, acometimiento o maltrato físico. Una vez desalojados los acusados, el sacerdote tranquilizó a los feligreses y la misma pudo reanudarse, siendo que estuvo interrumpida unos diez minutos. La Audiencia condenó por delito contra la libertad religiosa del artículo 523 del Código Penal. El Supremo desestima el recurso. | |
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