Resumen | |
[J] | Entrada en vivienda habitada por un menor. Ejecución de resolución del Instituto de la Vivienda. Okupas.(publicado en Actualidad Diaria 3699 el 1 de febrero de 2018) |
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Sobre el objeto y planteamiento del recurso de casación: El asunto litigioso y la
sentencia impugnada de la Sección Octava de la Sala de lo Contencioso- Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de 28 de septiembre de 2016
El recurso de casación que enjuiciamos, interpuesto por la representación procesal de doña Emma , al amparo de lo dispuesto en el artículo 86 y siguientes de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa , tras su reforma por la Ley Orgánica 7/2015, de 21 de julio, tiene por objeto la pretensión de que se revoque la sentencia dictada por la Sección Octava de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de 28 de septiembre de 2016 , por la que se desestima el recurso de apelación interpuesto contra el Auto dictado por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 12 de Madrid de 29 de febrero de 2016 , que autorizó la entrada en una vivienda para llevar a debido efecto la ejecución forzosa de una resolución del Instituto de la Vivienda de Madrid, relativo a la recuperación de la posesión del inmueble ocupado ilegalmente. El Supremo estima el recurso. | |
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