Resumen | |
[J] | Protección de datos de carácter personal. Registros de morosos.(publicado en Actualidad Diaria 3775 el 25 de mayo de 2018) |
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1. La demandante, D.ª Valentina , firmó un contrato de telefonía con la empresa V en abril de 2011. Desde el principio de su relación contractual se produjeron irregularidades en la facturación emitida por V, que D.ª Valentina comunicó a la operadora de telefonía, de modo que esta fue emitiendo diversas facturas rectificativas en las que eliminaba cargos indebidos. D.ª Valentina , no satisfecha con la actuación de V, se dio de baja en el servicio en agosto de 2012. Tras esta baja, Vodafone le giró varias facturas, en las que se incluían cantidades correspondientes a penalizaciones. La demandante solo pagó parte de estas facturas, por no estar conforme con su importe total.
El Supremo estima el recurso y repone la solución de Primera Instancia. | |
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