Resumen | |
[J] | Condiciones generales de la contratación. Control de transparencia de una cláusula suelo en un supuesto de subrogación legal con cambio de acreedor y novación de las condiciones del préstamo.(publicado en Actualidad Diaria 3836 el 20 de septiembre de 2018) |
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El presente caso plantea, como cuestión de fondo, la aplicación del control de transparencia en una subrogación de préstamo hipotecario con cambio de acreedor y novación modificativa de interés mínimo (cláusula suelo). El 1 de septiembre de 2005, D. Plácido y D.ª Luz , prestatarios y aquí recurrentes, suscribieron con la entidad Caja de Ahorros de Huelva y Sevilla (en adelante, Caixabank S.A.) una escritura de subrogación de hipoteca. En dicha escritura, con base en la subrogación prevista en la Ley 2/1994, de 30 de marzo, la entidad citada se subrogaba como acreedora en el préstamo hipotecario que inicialmente concertaron los prestatarios, el 30 de mayo de 2003, con la entidad Caja Rural del Sur, S.C.C. y, a su vez, se acordaba la novación modificativa del diferencial sobre el tipo de referencia (Euríbor), que pasaba de 1 punto a 0,95 puntos, y la cláusula suelo que pasaba del 4,25% al 3,15%. Los prestatarios interpusieron una demanda contra Caixabank S.A en la que solicitaban la nulidad de la cláusula suelo, contenida en la escritura de subrogación de hipoteca de 2005, por su carácter abusivo, así como la restitución de las cantidades cobradas indebidamente por aplicación de la citada cláusula. La entidad bancaria se opuso a la demanda. El juzgado de primera instancia estimó en parte la demanda interpuesta. Consideró que dicha cláusula no superaba el control de transparencia. Por lo que declaró su nulidad y condenó a la entidad bancaria a restituir las cantidades que los prestatarios habían pagado por la aplicación de la citada cláusula desde el 9 de mayo de 2013. Interpuesto recurso de apelación por la demandada, la sentencia de la audiencia la estimó y revocó la sentencia de primera instancia. El Supremo desestima el recurso. | |
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