Resumen | |
[J] | Condiciones generales de la contratación. Cláusula suelo. Condición legal de consumidor: lo es la persona física que financia una inversión (adquisición de una vivienda para arrendar) en un marco no profesional o empresarial.(publicado en Actualidad Diaria 3841 el 27 de septiembre de 2018) |
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1.- El 6 de agosto de 2007 se celebró un contrato de préstamo con garantía hipotecaria entre el Banco Popular S.A. y D. Carlos Alberto , por importe de 175.000 €, para financiar la adquisición de una vivienda para destinarla al alquiler a terceros por temporadas, hasta que la utilizara para sí mismo el comprador tras jubilarse. El Sr. Carlos Alberto no se dedica profesionalmente al arrendamiento de inmuebles.
«No obstante lo previsto en los apartados anteriores, se acuerda y pacta expresamente por ambas partes, que el tipo de interés nominal anual mínimo aplicable en este contrato será del 4,00
La Audiencia Provincial estimó el recurso de apelación. El Supremo estima el recurso y repone la solución de la primera instancia. | |
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