Resumen | |
[J] | El Conseil d’État debería haber planteado al Tribunal de Justicia una cuestión prejudicial sobre la interpretación del Derecho de la Unión, a fin de que se determinara si resultaba procedente decidir no tener en cuenta la tributación a la que estuvo sometida una filial no residente por los beneficios subyacentes a los dividendos distribuidos por una sociedad asimismo no residente. |
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En la sentencia Accor, el Tribunal de Justicia declaró que la diferencia de trato entre los dividendos distribuidos por una filial residente y los distribuidos por una filial no residente resultaba contraria al Derecho de la Unión y que el mecanismo francés destinado a evitar la doble imposición no era compatible con las disposiciones del Tratado. Sentencia del Tribunal de Justicia de 15 de septiembre de 2011 en el asunto C-310/09. | |
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