Resumen | |
[J] | Adquisición de participaciones preferentes. Nulidad por error vicio. Inexistencia de error: la adquisición vino determinada por los consejos del esposo y yerno de las contratantes, que es director de la oficina bancaria y conocedor del riesgo.(publicado en Actualidad Diaria 3927 el 6 de febrero de 2019) |
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Ambas clientes han fallecido durante la pendencia del presente procedimiento, siendo sustituidas procesalmente por su heredero D. Manuel, viudo de D.ª Agueda y director de la sucursal de Caja España, en donde se adquirieron las citadas participaciones, hasta diciembre de 2004, fecha en la que se jubiló. Las clientes interpusieron una demanda contra la citada entidad bancaria en la que solicitaron la nulidad de las adquisiciones de participaciones preferentes por error vicio en el consentimiento prestado, y subsidiariamente la acción de indemnización de daños y perjuicios derivados del incumplimiento de las obligaciones de información por parte de la entidad bancaria. La entidad bancaria se opuso a la demanda.
El Supremo desestima el recurso. | |
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