Resumen | |
[J] | Prestación de riesgo para el embarazo. Embarazo de alto riesgo. Valoración de riesgo específico en una trabajadora que presta servicios como dependienta. Se confirma el derecho a la prestación.(publicado en Actualidad Diaria 3960 el 22 de marzo de 2019) |
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La trabajadora, con categoría profesional de dependienta, inició situación de incapacidad temporal el 18 de junio de 2012 durante el cual se sometió a un tratamiento de captación ovocitaria iniciando por esta razón el 16 de junio del mismo año situación de incapacidad temporal por embarazo de alto riesgo tras fecundación in vitro en cuyo parte de baja figura como causa "esterilidad femenina de origen no especificado" abonando el INSS las correspondientes prestaciones entre el 18 de junio de 2012 y el 6 de febrero de 2013. El 5 de mayo de 2015 la Mutua Fremap dictó resolución denegando la prestación derivada de riesgo en el embarazo que fue impugnada en la vía jurisdiccional, desestimando la demanda el Juzgado de lo Social. En suplicación se estimó el recurso de la demandante dejando sin efecto la resolución de Fremap y se condena a dicha entidad a abonar a la actora las prestaciones de riesgo durante el embarazo por el período comprendido entre el 18 de junio de 2012 y el 6 de febrero de 2013. El Supremo desestima el recurso. | |
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