Resumen | |
[J] | Vulneración de los derechos a la intimidad personal, a la propia imagen y al honor: obtención subrepticia de información en un ámbito estrictamente privado, como es una consulta profesional, que no está amparada por la libertad de información (STC 12/2012).(publicado en Actualidad Diaria 3971 el 8 de abril de 2019) |
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La presente demanda de amparo tiene por objeto la impugnación de la sentencia núm. 634/2017 de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo de 23 de noviembre de 2017, recaída en recurso de casación núm. 2462-2016. Los recurrentes aducen la vulneración por la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo de sus derechos fundamentales al honor, a la intimidad personal y a la propia imagen (art. 18.1 CE), en esencia, en cuanto que la sentencia recurrida desatendió la doctrina del Tribunal Constitucional sobre el carácter constitucionalmente proscrito de la técnica de la cámara oculta establecida en las SSTC 12/2012, de 30 de enero, y 74/2012, de 16 de abril. Por su parte, las representaciones procesales de la cadena televisiva, por un lado, y de la asociación RedUne y su presidente, por otro, interesan la desestimación íntegra del recurso. El ministerio fiscal pide el otorgamiento parcial del amparo solicitado | |
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