Resumen | |
[J] | Mejora de SS. Indemnización por IP derivada de accidente impuesta en el Convenio. Responsabilidad directa de la empresa. La póliza no cubre el supuesto: la cobertura es para declaración de IP durante la vigencia del contrato de seguros. Voto particular.(publicado en Actualidad Diaria 3976 el 15 de abril de 2019) |
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La cuestión a resolver en el presente recurso de casación unificadora, es la de determinar quién ha de asumir el pago de la indemnización establecida en el convenio colectivo como mejora voluntaria de las prestaciones de seguridad social para el caso de declaración de incapacidad permanente derivada de accidente, que la empresa demandada ha asegurado mediante la concertación de una póliza de seguros con una primera aseguradora y posteriormente con una segunda entidad. En un supuesto en el que el accidente se produce en el periodo temporal durante el que estuvo vigente la primera de tales pólizas, pero la declaración de incapacidad permanente tiene lugar cuando ya había terminado su cobertura y estaba en vigor la póliza suscrita con la segunda aseguradora, siendo que en cada una de ellas se dispone de una regulación específica a tal respecto. El Supremo desestima el recurso. | |
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