Resumen | |
[J] | Ejecución de sentencias. Artículo 108.3 LJCA: doctrina general. Orden de demolición y prestación de garantías suficientes para responder del pago de las indemnizaciones debidas a terceros de buena fe.(publicado en Actualidad Diaria 3977 el 16 de abril de 2019) |
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El objeto del presente recurso, conforme a lo establecido en el Auto de admisión, consiste en determinar -con interpretación del art. 108.3 LJCA - si para la demolición ordenada en la sentencia que se ejecuta es preciso determinar previamente -con tramitación de un procedimiento contradictorio, de responsabilidad patrimonial o en incidente de ejecución con intervención de las partes implicadas- las indemnizaciones debidas y su importe. El Supremo desestima el recurso de la Administración y fija doctrina jurisprudencial. | |
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