Resumen |
[J] | Tentativa de tráfico de cocaína. Transporte de Colombia a España. Delito provocado. Infiltración de la DEA.(publicado en Actualidad Diaria 4009 el 6 de junio de 2019) |
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Se confirma la condena de los dos recurrentes como coautores de un delito de tentativa de tráfico de cocaína en cantidad de notoria importancia, organización y extrema gravedad. Se trata desde un transporte de casi dos mil kilos de cocaína de Colombia a España. Se confirma la condena excepto para el recurrente Narciso, ya que consta en la causa la cancelación de su antecedente penal, por lo que se excluye la agravante de reincidenca y se le reduce la pena. - En el procedimiento concurren unas circunstancias muy singulares, toda vez que cuando se está iniciando ya el transporte intervienen agentes de la DEA, que al parecer tenían un infiltrado en la organización vendedora. Consiguen intervenir la droga y hacer una entrega controlada en aguas portuguesas, para que la sustancia fuera trasladada después a Galicia, que era su destino final. La droga había sido adquirida por el propio Epifanio para su organización. Éste y algunos componentes de su organización son condenados en la sentencia recurrida dictada por la Audiencia Nacional, pero con una importante reducción de pena debido a su conformidad. Solo recurrieron dos de los condenados. El centro de la impugnación lo integra la alegación de que se está ante un delito provocado, pues la droga, una vez intervenida por un infiltrado de la DEA, es trasladada en avión comercial desde américa a Portugal, controlada por esa agencia antidroga. En Portugal se hace una entrega controlada en las costas portuguesas por un velero portugués tripulado por agentes de la DEA y de la policía portuguesa, que trasbordan la partida de cocaína a una embarcación portuguesa tripulada por el español Salvador y varios marineros portugueses. Todos éstos son detenidos y juzgados en Portugal, donde fueron condenados por tentativa del delito de tráfico de cocaína. En la Audiencia Nacional fueron condenados Epifanio y los integrantes de su organización que compraron la droga y convinieron su transporte hasta la península ibérica, teniendo como destino final Galicia previo paso por Portugal. En la sentencia de casación se trata en profundidad el tema del delito provocado (fundamento primero y especialmente en el séptimo), al hallarnos ante un caso límite debido a la intensa intervención de los agentes encubiertos norteamericanos y portugueses. Es interesante la sentencia dictada por el Tribunal portugués, que obra unida a la causa, en la que se examina también todo el tema del delito provocado y se cita la doctrina científica portuguesa y española sobre la materia. |
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