Resumen | |
[J] | Seguros. Acción de cumplimiento de contrato de seguro de vida. Legitimación ad causam. Corresponde a BBVA como única entidad con la que se firmó el contrato, con independencia de que la relación de seguro la derivara a una filial(publicado en Actualidad Diaria 4071 el 3 de octubre de 2019) |
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Doña Tatiana interpuso demanda contra la entidad BBVA S.A. en la que se ejercita acción de reclamación de cumplimiento de contrato de seguro de vida.Afirma que, en fecha 17 de abril de 2012, falleció su esposo don Pelayo , habiendo dos hijos del matrimonio. La demandante solicitó certificado al Registro General de Contratos de Seguro de Cobertura de Fallecimiento, siendo éste emitido en fecha 17 de mayo de 2012, apareciendo un seguro de vida de su esposo con número de Póliza NUM000 , siendo la entidad aseguradora BBVA Seguros S.A. de Seguros y Reaseguros/Vida. Doña Tatiana se puso en contacto con la entidad, la que negó en principio la existencia de dicha póliza, siendo el Juzgado de Primera Instancia n.º 2 de DIRECCION000 el que mediante auto de fecha 20 de Enero de 2014, exigió a la entidad bancaria la exhibición y entrega de la póliza, comprobándose entonces que el seguro se había pagado mediante prima única, con fecha de efecto 6 de Febrero de 2008 y vencimiento en fecha 3 de Octubre de 2015. La póliza seguía vigente y, según certificado de fecha 9 de septiembre de 2015, en la fecha de la defunción de su esposo correspondía a los beneficiarios el percibo de la suma de 7.739' 61 euros, habiendo resultado infructuosas las gestiones llevadas a cabo para el cobro de dicha cantidad, pese a haber intentado conciliación que se declaró sin efecto.
La sentencia del Juzgado de Primera Instancia estimó la demanda y, recurrida en apelación por BBVA, la Audiencia Provincial de Badajoz (Sección 3.ª con sede en DIRECCION000 ) la revocó al apreciar la falta de legitimación pasiva de la entidad bancaria demandada. El Supremo estima el recurso y repone la solución de primera instancia. | |
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