Resumen | |
[J] | Derechos fundamentales: intimidad vs lib. información. Inexistencia de intromisión ilegítima por la publicación inconsentida de su domicilio, acompañada de una fotografía del uniforme de su hermandad de semana santa(publicado en Actualidad Diaria 4073 el 7 de octubre de 2019) |
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D.ª Dulce , representada por sus progenitores al estar incapacitada, presentó una demanda contra la sociedad editora del diario ABC en la que solicitó que se declarara "la existencia de intromisión en el derecho a la Intimidad de nuestra mandante por la publicación inconsentida de su domicilio, acompañada de una fotografía del uniforme de su hermandad de semana santa" y "se condene a la demandada a satisfacer a nuestro mandante la cantidad de 50.000 € por los daños morales sufridos conforme a los parámetros previstos en el art. 9 de la LO 1/1982 " así como " las cantidades que finalmente haya gastado en reforzar la seguridad de su hogar por la intromisión causada por los demandados". La sentencia del Juzgado de Primera Instancia estimó que se había producido la vulneración del derecho a la intimidad de la demandante por publicar su domicilio y su pertenencia a una hermandad y estimó en parte la solicitud de indemnización, que fijó en 5.000 euros. La Audiencia Provincial estimó el recurso de la editora del diario y desestimó la impugnación, pues consideró que se trataba de una información sobre un hecho de relevancia pública (un robo en un domicilio habitado) en el que no se afectaba a la intimidad de la demandante pues aunque se indicaba el lugar donde sucedió el robo, no se desvelaba la identidad de las víctimas, y la pertenencia a una cofradía que se manifiesta públicamente al procesionar por la calle vistiendo el traje de la cofradía, no es tampoco un hecho privado. El Supremo desestima el recurso. | |
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