Resumen | |
[J] | Hallazgo casual en la ejecución de órdenes de investigación de la CNMC(publicado en Actualidad Diaria 4113 el 3 de diciembre de 2019) |
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Se interpone recurso de casación contra la sentencia de la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional, de 21 de junio de 2018 (autos 10/2015), que estimó en parte el recurso contencioso administrativo interpuesto por la representación procesal de U S.L., contra la resolución de la Sala de Competencia del Consejo de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) de fecha 6 de noviembre de 2014 (expediente S/0430/12, recogida de papel). La resolución administrativa impugnada declaró a la empresa recurrente, junto al resto de empresas partícipes de la Unión de Empresas Recogedoras de Residuos (UDER), responsable de una infracción única y continuada prohibida por el artículo 1 de la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia y por el artículo 101 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, consistente en la actuación de forma concertada en los mercados de recuperación y comercialización de papel y cartón recuperado en España, de cara a repartir de forma explícita e implícita actividades y clientes, concertar precios y compartir recursos e información comercial sensible, y le impuso una sanción de multa de 285.830 euros. La sentencia impugnada anuló la citada resolución de la CNMC. El Supremo estima el recurso de la empresa. | |
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