Resumen | |
[J] | Responsabilidad FOGASA ex art 33.1 ET. Se computa el salario real, siempre que sea inferior al duplo del SMI que es el tope. En contratos a tiempo parcial ese límite se reduce en igual porcentaje que la jornada laboral pactada.(publicado en Actualidad Diaria 4114 el 4 de diciembre de 2019) |
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La cuestión que hemos de resolver en el presente recurso de casación para la unificación de doctrina consiste en determinar el alcance de la responsabilidad que alcanza al FOGASA cuando, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 33.1 del Estatuto de los Trabajadores, ha de abonar los salarios e indemnizaciones a su cargo por insolvencia empresarial, y cuando se trate de trabajadores con contrato a tiempo parcial, establecer si el tope del salario a computar, duplo del salario mínimo interprofesional (SMI), debe reducirse, o no, en el mismo porcentaje de la jornada que realiza el interesado en comparación con la ordinaria de un trabajador a tiempo completo de la misma actividad. El Supremo estima el recurso del FOGASA. | |
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