Resumen | |
[J] | Las personas que hayan sufrido un perjuicio como consecuencia de un cártel pueden solicitar la reparación de dicho perjuicio aunque no operen como proveedores o compradores en el mercado afectado por el cártel(publicado en Actualidad Diaria 4118 el 12 de diciembre de 2019) |
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Mediante su sentencia de hoy, el Tribunal de Justicia aporta importantes precisiones sobre la articulación entre las disposiciones del Derecho de la Unión y las del Derecho nacional que regulan las acciones para el resarcimiento de los daños causados por un cártel al declarar que el artículo 101 TFUE debe interpretarse en el sentido de que un organismo público que concedió préstamos en condiciones favorables a los compradores de productos afectados por un cártel puede solicitar la reparación del perjuicio causado por el cártel. | |
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