Resumen | |
[J] | Extinción del contrato por causas objetivas, en el marco de un despido colectivo. Puesta a disposición de la indemnización, mediante transferencia bancaria, antes de la fecha de efecto de la extinción del contrato. BANKIA.(publicado en Actualidad Diaria 4144 el 24 de enero de 2020) |
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La empresa demandada se alza en casación para unificación de doctrina frente a la sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria que revoca la sentencia de instancia y declara improcedente el despido de los dos trabajadores demandantes, en base a la circunstancia de no haberse puesto a disposición de los actores la indemnización correspondiente. Consta en el relato fáctico de la sentencia de instancia, modificado en sede de suplicación, que, si bien las cartas de despido son de fecha 24 de mayo de 2013, la transferencia bancaria se ordenó el día 27 de dicho mes. El Supremo estima el recurso. | |
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