Resumen | |
[J] | Subsidio por desempleo para mayores de 45 años. Forma de cálculo de los rendimientos de inmuebles distintos de la vivienda habitual a efectos de la superación del 75% SMI en cómputo anual.(publicado en Actualidad Diaria 4266 el 30 de julio de 2020) |
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El debate casacional radica en determinar, a efectos del subsidio por desempleo para mayores de 45 años, cómo deben calcularse los ingresos derivados de la tenencia de bienes inmuebles urbanos que no constituyen la vivienda habitual del beneficiario y no se encuentran arrendados. La sentencia recurrida estima un motivo de revisión fáctica suplicacional incorporando a los hechos probados del Juzgado de lo Social que los ingresos de la unidad familiar, en relación con la imputación de rentas inmobiliarias por inmuebles distintos de la vivienda habitual, ascendieron en la declaración de renta del ejercicio 2014 a 548 euros y por rendimientos de capital inmobiliario a 101,71 euros. Es decir, que la valoración en el Impuesto de la Renta de las Personas Físicas relativa a la citada vivienda suponía una imputación de rentas de 548 euros. Dicha sentencia explica que ese valor anual que se imputa como renta inmobiliaria de 548,20 euros supone un valor catastral de 49.836,36 euros por el inmueble diferente de la vivienda habitual. Sin embargo, la sentencia recurrida valora estos rendimientos aplicando el interés legal del dinero (4% en el caso que nos ocupa) a los rendimientos del inmueble, cuya cuantía calcula sobre la base de la imputación fiscal. Por el contrario, el SPEE sostiene que debe aplicarse al citado valor catastral un porcentaje equivalente al 100 por 100 del interés legal del dinero. El Supremo estima el recurso del SEPE. | |
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