Resumen | |
[J] | El Derecho de la Unión Europea se opone a que un Estado miembro excluya a los artistas de Estados no pertenecientes al Espacio Económico Europeo del derecho a una remuneración equitativa y única por la reproducción de música grabada(publicado en Actualidad Diaria 4280 el 18 de septiembre de 2020) |
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Recorded Artists Actors Performers Ltd (RAAP) es una sociedad de gestión colectiva de los derechos de artistas intérpretes o ejecutantes y Phonographic Performance (Ireland) Ltd (PPI) es una sociedad de gestión colectiva de los derechos de productores de fonogramas. Estas sociedades celebraron un contrato que estipula las modalidades conforme a las cuales los derechos exigibles en Irlanda por la difusión en público, en bares y otros lugares accesibles al público, o por la radiodifusión de música grabada, después de haber sido pagados por los usuarios a PPI, deben ser compartidos con los artistas intérpretes o ejecutantes y, a tal efecto, ser parcialmente revertidos por PPI a RAAP. Discrepan sobre el alcance de dicho contrato en relación con los derechos pagados a PPI en los casos en que la música haya sido interpretada o ejecutada por un artista que no sea nacional ni residente de un Estado miembro del Espacio Económico Europeo (EEE). | |
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