Resumen | |
[J] | TGSS. Servicio común del sistema de Seguridad Social, que goza del beneficio de justicia gratuita. No ha lugar a la imposición de costas. Inexistencia de temeridad o mala fe.(publicado en Actualidad Diaria 4311 el 17 de noviembre de 2020) |
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La cuestión que se plantea en el presente recurso se limita a decidir si la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) puede ser condenada en costas por el criterio del vencimiento. La citada entidad fue condenada por despido improcedente al apreciarse cesión ilegal, y la sentencia ahora impugnada, de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de 24 de enero de 2018 (R. 1319/2017), desestimó el recurso de suplicación por ella planteado y la condenó abonar 600 €; en concepto de costas. El Supremo estima el recurso. | |
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